La susodicha y desconocida voz se puso aquí de moda a partir del momento en que un grupo de “prestantes” ciudadanos fueron a parar a la cárcel, acusados de recibir sobornos de la empresa constructora Odebrech.
Como es normal, cada hecho, cada acontecimiento de impactante relevancia saca a la luz voces de uso poco común o que no forman parte del léxico activo de los hablantes pertenecientes a una comunidad lingüística determinada. En el ámbito dominicano, el caso Odebrecht, por ejemplo, contribuyó a que se extrajera del cofre de la lengua, y posteriormente se popularizara, una palabra que hasta ese momento muy pocos habían escuchado: ENCARTADO.
¿Qué significa “Encartado”?
Según el diccionario académico, “Encartado “soporta, entre otras acepciones, el significado de individuo: «Sujeto a un proceso, especialmente penal»
Todo ser “sujeto a un proceso…” es, por definición, un procesado, voz esta que en el español dominicano y en otras partes del mundo hispanohablante entraña los más negativos y desagradables valores significativos: “encausado”, “condenado”, “acusado”, “enjuiciado”, “inculpado…” Merced a estas significaciones nada placenteras, “procesado” se nos presenta entonces como una palabra “tabú”. Para evitar utilizarla, mas si les aplica a individuos provistos de rangos, alcurnia o prestigio social, entonces se maquilla o reemplaza por una palabra que como “encartado” resulta más galante, inofensiva, elegante y decorosa. Y, por consiguiente, menos atentatoria a la moral, al honor y a las buenas costumbres.
Conforme a las ideas preindicadas , el novedoso vocablo, “encartado”, ha de ser concebido como un auténtico eufemismo, cuyo uso, en el contexto que nos ocupa, tendría como propósito central, consciente o inconscientemente, minimizar la dolosa etiqueta que sí entraña el término “imputado” en perjuicio de unos ciudadanos ( empresarios, funcionarios, políticos…) que la sociedad percibe como “honorables”
Por eso no ha de extrañar que solo estos seres con prestancia, nombres y apellidos sean llamados “encartados” por nuestros comunicadores sociales, no así los individuos comunes que incurren en faltas graves reñidas con la ley; pero que carecen de rango y distinción. Cuando estos últimos son sometidos a la justicia, ya no se trata de “encartados”, sino de “imputados”, “acusados”, “procesados”, “encausados”, “violadores de la ley”, etc.
Obviamente que las denominaciones para referirse al sometido a la justicia varían, según el prestigio o la clase social a la que pertenezca la persona procesada.
NOTAS:
(*) – Palabras
Tabú: son aquéllas que hacen
referencia a temas considerados desagradables por una cultura y que, por
tanto, son consideradas soeces, indelicadas,
vulgares, de mal gusto o atentatorias contra la dignidad, la moral y el
decoro.
(**) – Eufemismos: Son las palabras o expresiones que
los hablantes utilizan en sustitución de las palabras tabú. Palabras o expresiones políticamente
aceptables o menos
ofensivas que sustituyen a otras palabras de mal gusto, que pueden ofender o
sugerir algo no placentero o peyorativo al oyente.