viernes, 4 de diciembre de 2009


“SINDICO MUNICIPAL”: UN PLEONASMO BASTANTE MANOSEADO.
Por : Domingo Caba Ramos
 
Selecciono al azar tres periódicos publicados en fechas diferentes, muevo sus páginas y, entre otras informaciones, me detengo en las siguientes:
 
1. “La Vega.- El síndico municipal, ingeniero Fausto Ruiz, elogió la inversión que hace el gobierno en el sistema educativo en la provincia, las cuales vienen a repercutir en elevar la calidad de vida de nuestras gentes” (La Información, 30-1 - 99).
 
2. “Después de esa decisión del síndico municipal, en el cabildo no se ha vuelto a hablar de dietas de los regidores y son muchos los que empiezan a coincidir en que el incremento no será variado”. (El Nacional, 2 - 2 - 99).
 
3. “El síndico municipal de Santiago, doctor Héctor Grullón Moronta, definió ayer como horrible y desafiante la decisión de la Oficina Técnica de Transporte Terrestre...” (La Información: 2 - 3 - 99).
 
De estos tres bloques informativos concentro mi atención en el sintagma nominal "síndico municipal" para concluir preguntándome.

¿Existe en nuestro país algún síndico no municipal?
 
En otras palabras, además del jefe del municipio, ¿existe en República Dominicana otro funcionario a quien también se le llame síndico?
 
Pienso que no.
 
Y si no lo hay, ¿por qué los periodistas y las secretarias de los ayuntamientos insisten en marcar la diferencia posponiendo un adjetivo (municipal) a un sustantivo (síndico) de significación única o carente de oponente semántico?
 
Y es que en República Dominicana , síndico sólo hay uno: el jefe, principal ejecutivo o máximo representante del municipio. Significa esto que todos los síndicos son municipales y que por ser así, se incurre en redundancia o pleonasmo cada vez que empleamos la expresión síndico municipal.

Vale aclarar que la lengua opera en base a oposiciones y que toda oposición entraña una diferencia generada a partir de los rasgos distintivos que caracterizan a una unidad con respecto a otras unidades del sistema lingüístico.
 
Escribir empleado público, por ejemplo, implica la existencia de su opuesto: empleado privado. Cuando hablamos de líderes políticos es porque también podemos hablar de otros tipos de líderes: sindicales, religiosos, populares, etc.
 
Pero cuando decimos síndico municipal, la frase resulta pleonástica, por cuanto no hay otro síndico diferente y en tal virtud, el calificativo municipal sobra, no hace falta o nada agrega al nombre cuyo significado se pretende ampliar o modificar.

Pleonasmos, redundancias y el Principio de Economía Lingüística.
 
El Principio de Economía Lingüística o del menor esfuerzo establece que se debe expresar el mayor número de ideas con el menor número de palabras posibles. El más evidente mentís a la esencia o espíritu de este principio lo constituye el uso de los dislates que todos conocemos con el nombre de pleonasmos.
El pleonasmo se define como el empleo de palabras redundantes o innecesarias para el completo sentido de lo expresado. También como la repetición innecesaria de una idea.
 
Constituyen ejemplos típicos de pleonasmos:
 
Caminar a pie, lo vi con mis propios ojos, subir hacia arriba, miel de abeja, persona humana, bajar hacia abajo, niña hembra, niño varón, mira a ver, vamos a ir, tubo hueco, idiomas diferentes, hemorragia de sangre, nadar en el agua, erario público, base fundamental, cerrar herméticamente, cállate la boca, conclusiones finales, retornar de nuevo, volar por el aire, ayuntamiento municipal, entrar para adentro, último extremo y, por supuesto, el archi manoseado: "Síndico Municipal"