Por: Domingo Caba Ramos.
El autor cuando recibió su título de Maestría de la Universidad Autónoma de Santo Domingo ( UASD )
Acerca de las voces “Ocupación” y “Título”, apunta el diccionario académico lo siguiente:
OCUPACIÓN:
1. Trabajo o cuidado que impide emplear el tiempo en otra cosa. 2. Trabajo, empleo, oficio. 3. Actividad, entretenimiento.
TÍTULO:
“Testimonio o instrumento dado para ejercer un empleo, dignidad o profesión”
De los conceptos precedentes, claramente se infiere que un título es una especie de facultad o poder que se le otorga a alguien para ejercer un trabajo, oficio u ocupación. Esto parece no entenderlo la Junta Central Electoral cuando en el proceso de expedición de la nueva cédula de identidad y electoral acepta que en el reglón OCUPACIÓN, se coloque el título que obtuvo la persona (Lic., Dr., Ing.) en vez del oficio que esta realiza para captar los ingresos que le permitan resolver los múltiples problemas que la vida le plantea.
Una ocupación es una actividad, un oficio, una profesión, un quehacer. Un título generalmente es un documento que faculta para ejercer esa ocupación, oficio o profesión. Por ejemplo, si usted es licenciado o doctor en Derecho y “ejerce profesionalmente la dirección y defensa de las partes en toda clase de procesos o el asesoramiento y consejo jurídico” (DRAE), lo lógico es que consigne ABOGADO en la ocupación y no Lic. o Dr., títulos que también se otorgan a quienes han cursado otras carreras, tales como Educación, Sicología, Administración, Comunicación Social, Medicina etc.
Igualmente quien se haya graduado de doctor en Medicina, en lugar de DOCTOR, lo que debería consignarse como verdadera ocupación es MÉDICO por aquello de que es la persona que habitualmente profesa o ejerce la medicina.
Por esa razón, cuando en mi nueva cédula el empleado que me asistió (uno de mis exalumnos universitarios) se adelantó y escribió que mi ocupación era LICENCIADO, le dije con el más cortés pero imperativo y firme acento: « Favor corregir eso y donde dice LICENCIADO escriba MAESTRO, por la sencilla razón de que en mi trabajo universitario yo desempeño el puesto de MAESTRO, no de LICENCIADO»
Más por respeto que por convencimiento, el susodicho empleado procedió a realizar la corrección.
Ahora bien, si por vanidad, arrogancia o presunción el ciudadano insiste en que se le coloque el título y no la profesión u oficio específico, es papel de la Junta Central Electoral no aceptar ese caprichoso, ilógico y artificioso juego. Desafortunadamente, en nuestro país no existe tradición de solicitar asesoría lingüística antes de ejecutar medidas que impliquen el uso de términos que puedan generar dudas, contradicción o confusión. Por esa razón, en la nueva cédula de identidad y electoral para indicar la ocupación se está colocando el título recibido en lugar del oficio que ejerce la persona.
sábado, 18 de octubre de 2014
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